CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D. C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil nueve (2009). Ref. exp. 1100102030002009-01613-00 El accionante Gerardo Bedoya Gómez promueve incidente de desacato contra la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, por no haber dado cumplimiento al fallo de tutela de 30 de junio de 2009, que le amparó el derecho fundamental al debido proceso.
En auto de 7 de septiembre último la Corte ordenó requerir a dicha Sala para que en el término de 48 horas acreditara el acatamiento a la aludida providencia de tutela. La magistrada ponente respondió que con la sentencia de 7 de julio de 2009 (fols. 42 a 50) se había cumplido lo ordenado por la Corte en la de amparo de 30 de junio anterior.
Por cuanto la Sala accionada efectivamente con aquel pronunciamiento dio cabal aplicación a lo ordenado por la Corte en el fallo de 30 de junio de 2009, es clara la improcedencia del incidente propuesto, por carencia de objeto. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el ordinal 2°, artículo 38 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por la senda remisoria del artículo 4°, Decreto 0306 de 1992, se impone el rechazo del mismo.
Por tanto, la Corte RECHAZA el incidente de desacato presentado por el accionante, por ser notoriamente improcedente. Notifíquese y cúmplase CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE 1 CJVC Exp. 1100102030002009-01613-00