CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., siete (7) de julio de dos mil nueve (2009). Ref. exp. 1100102030002009-01183-00 Puesto que la anterior demanda de tutela formulada por Domingo José Herrera Vidal ataca actuaciones cumplidas dentro de la ejecución laboral promovido por él contra Promociones Universal EAT, es evidente que la competencia para asumir el conocimiento de la misma radica en la SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA en virtud de su condición de superior funcional de la autoridad que conoció en segunda instancia de ese asunto.
Remítase, por tanto, el expediente a la mencionada Sala. Cúmplase CESAR JULIO VALENCIA COPETE 9 2 N.B.S. Exp. 1100102030002002-00180-01