Micelio
T 1100102030002009-01046-00Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2009

Magistrado ponente: William Namén Vargas

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., doce (12) de junio de dos mil nueve (2009) Ref.: 11001-02-03-000-2009-01046-00 De conformidad con los hechos descritos en la demanda del epígrafe, emerge que el cuestionamiento constitucional se enfila frente a actuaciones y decisiones de primera y segunda instancia emanadas del Juzgado Civil del Circuito de Calarcá y de la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, dentro del proceso ordinario laboral promovido por Blanca Nelly Casilimas contra la Cooperativa de Trabajo Asociado Gente Progresiva.

Con lo lineamientos precedentes, la competencia para conocer de la presente acción pública corresponde a la Sala de Casación Laboral en virtud del inciso 2 del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, en armonía con el artículo 45 del Acuerdo No.006 de 2002, dada la especialidad del asunto y al concernir a decisiones proferidas por el citado Tribunal del cual es su superior funcional.

En consecuencia, por secretaría remítase el expediente a la Presidencia de la Sala de Casación Laboral, para lo de su cargo. Comuníquese la presente determinación a los interesados por el medio más expedito posible. Cúmplase, WILLIAM NAMÉN VARGAS Magistrado 2 WNV. – Exp. 11001-02-03-000-2009-01046-00