CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., veintiuno (21) de abril de dos mil nueve (2009). Ref. exp. 1100102030002009-00658-00 Puesto que la acción de tutela formulada por Ignacio y Gonzalo Escudero Cadavid ha de entenderse dirigida contra esta Sala, por ser la que se pronunció en segunda instancia acerca de la demanda de amparo aludida en dicho libelo, el órgano competente para conocer del amparo promovido es la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con lo establecido en el inciso 2°, ordinal 2°, artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, en armonía con el inciso 1°, artículo 44 del Reglamento General de la Corporación. Por tanto, a la misma se ordena remitir la demanda.
Notifíquese a la parte actora este proveído. Cúmplase CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE