CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., veintinueve (29) de enero de dos mil nueve (2009). Ref. exp. 110010203000202009-00143-00 Teniendo en cuenta que, e conformidad con el artículo 1°, numeral 1° del Decreto 1382 de 2000, los competentes para conocer de acciones de tutela promovidas contra autoridades públicas del orden nacional son los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Administrativos y Consejos Seccionales de la Judicatura, y por cuanto el Consejo Superior de la Judicatura, contra el cual se dirige esta demanda tiene esa naturaleza, se ordena remitirla a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda de conformidad.
Ofíciese. Comuníquese lo aquí resuelto al accionante. Cúmplase CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE 9 2 CJVC Exp. 1100102030002004-01489-00