cc CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. O, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil ocho (2008). REF.: 11001-02-03-000-2008-01834-00 De un análisis extensivo de los fundamentos fácticos y peticiones formulados en el libelo de tutela, se concluye que el accionante pretende por vía de amparo constitucional la concesión del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primero (1o) de agosto de 2008, proferida por la Sala de Casación Penal, para cuyo efecto solicita mediante convocatoria de la Sala Plena, reformar el reglamento de la Corte Suprema de Justicia, y por lo tanto los hechos u omisiones presuntamente generatrices de la queja constitucional, comprenden a toda la Corporación, siendo pertinente manifestar mi impedimento por la causal primera del artículo 56 de la Ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal), tanto más que quien conoce de un asunto no puede impartirse una orden.
Por lo anterior, se dispone enviar por Secretaría la solicitud y sus anexos al Magistrado que sigue en turno. Comuníquese esta decisión a los interesados mediante telegrama. Notifíquese y cúmplase