CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D.C., cinco de noviembre de dos mil ocho Ref.: Exp. T - No. 11001-02-03-000-2008-01742-00 Acreditada la calidad de abogado del apoderado de la accionante, con la atestación de su firma ante notario, este despacho asume el conocimiento de la acción de tutela formulada por Estebana Francisca Sánchez Sánchez en contra de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Monteria.
En consecuencia dispone: 1. Vincular al proceso al Juzgado Segundo del Circuito Familia de Montería, a la señora Katia Cordero Negrete, herederos de Luis Felipe Cordero Romero y a las demás partes e intervinientes en el proceso reivindicatorio sobre el cual versa la queja constitucional. 2. Niégase la medida provisional consistente en detener la diligencia de restitución del inmueble de la propiedad de la accionante, toda vez que no se advierte la existencia de circunstancias como las exigidas en el artículo 7° del Decreto 2591 de 1991. 3.
( E.V.P Exo. No. 110010230000200801742-00 )Notifíquese la admisión del amparo a su promotor, a los accionados y a los vinculados al presente trámite de tutela. 4. Del mismo modo, córraseles traslado para que en el perentorio término de un día ejerzan su derecho de contradicción y defensa, y alleguen la documentación que estimen necesaria para la resolución del presente asunto. 5.
Ténganse como pruebas en su valor legal los documentos aportados con la demanda constitucional. 6. Se reconoce personería al abogado Javier Enrique Castellar Moreno como apoderado judicial de la parte accionante, en los términos y para los efectos determinados en el poder especial obrante a folio 4 del cuaderno de la Corte. Cumplido lo anterior, vuelva el expediente al despacho.
EDGARDO VILLAMIL PORTILLA ( Notifíquese y cúmplase, )Magistrado