CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., veintitrés (23) de septiembre de dos mil ocho (2008). Ref. exp. 1100102030002008-01613-00 Puesto que la demanda de tutela formulada por MIKAEL JESHUA DOKADO RAYKKO está dirigida a cuestionar actuaciones de la “Sala Séptima de Decisión Laboral” del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, es evidente que la competencia para conocer de la misma en primera instancia se ubica en la Sala de Casación de esa especialidad de la Corte Suprema de Justicia, en virtud de su condición de superior funcional de la autoridad que actuó en el asunto como juez de conocimiento, acorde con lo dispuesto en el artículo 1°, numeral 2° del Decreto 1382 de 2000.
Remítase, por tanto, el expediente a la mencionada Sala. Cúmplase CESAR JULIO VALENCIA COPETE 9 2 N.B.S. Exp. 1100102030002002-00180-01