CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D. C., veintitrés (23) de septiembre de dos mil ocho (2008). REF.: 11001-02-03-000-2008-01609-00 Se admite la acción de tutela promovida por la Universidad de Antioquia contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, integrada por los magistrados Aida Mónica Rosero García, Juan Carlos Sosa Londoño y Luz Dary Sánchez Taborda.
De ella entérese por telegrama, oficio u otro medio expedito a los accionados, así como a las partes e intervinientes dentro de la acción de tutela instaurada por Carlos Alberto Betancur Madrid frente a la Universidad de Antioquia, para que puedan ejercer el derecho de defensa y contradicción. Ténganse como pruebas los documentos acompañados con el libelo de demanda.
Niéguese la medida provisional solicitada consistente en "suspender el cumplimiento del fallo de tutela proferido por el Honorable Tribunal Superior de Medellín, el día 1 de septiembre de 2008 ( )", por no considerarlo necesario y urgente conforme al artículo 7° del Decreto 2591 de 1991. Téngase a la doctora Aracelly Tamayo Restrepo como apoderada general de la institución accionante, en los términos del poder que obra a folios 65 a 67 del cuaderno de la Corte.
Notifíquese de igual forma a la accionante. WILLIAM NAMÉN VARGAS