CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D. C., veintiocho (28) de julio de dos mil ocho (2008). Ref: Exp. 1100102030002008-01266-00 Debido a que luego de examinar esta actuación, se establece cómo la demanda de amparo constitucional formulada por Cristina Gordillo Granados no resulta extensiva ni expresa ni tácitamente a la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en la medida en que ninguna queja concreta y precisa se dirige a cuestionar acciones u omisiones de la misma, deviene así ostensible que la Corte Suprema de Justicia carece de competencia para conocer en primera instancia de la acción de tutela interpuesta, por no ser superior funcional de los efectivamente accionados.
Por consiguiente, se ordena remitir la actuación a la Sala Civil – Familia - Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, a fin de que asuma el conocimiento del asunto, por ser la corporación facultada para ello. Notifíquese a la parte actora este proveído. Cúmplase CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE 1