Micelio
T 1100102030002008-01170-00Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2008

Magistrado ponente: Ruth Marina Díaz Rueda

Ley 270 de 1996

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D., C., veintiuno (21) de julio de dos mil ocho (2008). Ref.: 11001-02-03-000-2008-01170-00 Como quiera que el presente conflicto de competencia para conocer la acción de tutela promovida por el señor Raúl Eduardo Agámez López contra la EPS Fersalud-Valledupar, lo plantea el Juzgado Sexto Civil Municipal de Valledupar (Cesar) de cara al Juzgado Segundo Penal Municipal de Leticia (Amazonas), folios 19 y 20; se ordena de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 numeral 3° y 18 de la ley 270 de 1996 y el Acuerdo No. 006 de 12 de diciembre de 2002, enviar la solicitud y anexos a la Sala Plena de la Corporación para lo de su competencia. Cúmplase RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada PAGE 2 S.F.T.B. Exp.1100102030002004-00911-00