CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., dieciséis (16) de mayo de dos mil ocho (2008). Ref: Exp. 1100102030002008-00803-00 Habida cuenta que la demanda de tutela cuestiona actuaciones de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, cumplidas dentro de un proceso relacionado con la responsabilidad penal de un menor, es indudable que la competencia para conocer de la misma en primera instancia radica en la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, en virtud de su condición de superior funcional de aquella autoridad, acorde con lo previsto en el artículo 163 de la ley 1098 de 2006.
Remítase, por tanto, el expediente a la mencionada Sala. Cúmplase CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE 9 2 N.B.S. Exp. 1100102030002002-00180-01