Micelio
T 1100102030002007-01364-00Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: William Namén Vargas

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D.C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil siete (2007). Expediente No.110010203000200701364-00 La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia carece de competencia para resolver la acción de tutela promovida por José Domingo Puentes Montes contra el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Medellín y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, como quiera que de conformidad con el numeral 2º del artículo 1º del Decreto 1382 de 2000 “ cuando la acción de tutela se promueva contra un funcionario o corporación judicial, le será repartida al respectivo superior funcional del accionado ”.

En consecuencia, por Secretaría se dispone la remisión del expediente a la Secretaría de la Sala de Casación Laboral para lo de su competencia. Comuníquese lo resuelto al interesado mediante telegrama u oficio. WILLIAM NAMÉN VARGAS Magistrado