Micelio
T 1100102030002007-00753-00Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: Edgardo Villamil Portilla

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D.C veintinueve de mayo de dos mil siete Ref.: exp. T- No. 11001-02-03-2007-00753-00 Teniendo en cuenta la comunicación que antecede, en la que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá informa que revisado su sistema de gestión, no se encontró que esa Corporación hubiese conocido en segunda instancia del proceso ejecutivo hipotecario de Davivienda contra Enith Maria Ortega Rueda, que adelanta el juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, emerge de conformidad con el artículo 1° numeral 2° del Decreto 1382 de 2000, que la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia carece de competencia para resolver, en primera instancia la acción de tutela promovida por Enith Maria Ortega Rueda contra el Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. En consecuencia, se dispone la remisión del expediente a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por ser la competente para conocer de la presente acción en primera instancia. Notifíquese y cúmplase, EDGARDO VILLAMIL PORTILLA Magistrado