Micelio
T 1100102030002007-00560-00Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA mav - 2 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casación Civil Bogotá D. C., dos (2) de mayo de dos mil siete (2007). Ref. expediente 110010203000200700560 Correspondería a la Corte pronunciarse sobre la acción de tutela instaurada por Pedro José Castro Martínez contra el tribunal superior de distrito judicial de Bogotá, sala civil, integrada por los magistrados Carlos Julio Moya Colmenares, Humberto Alfonso Niño Ortega y Manuel José Pardo Caro, y el juzgado 38 civil del circuito de la misma ciudad Con todo, se observa que desde antes de emitir la providencia en cuestión, Pedro José Castro Martínez, por ser el directamente afectado y quien propuso la acción de tutela, en el escrito que obra en el folio 23 del cuaderno del tribunal expresa su deseo de retirar la tutela por haber presentado otra igual el 9 de abril de 2007 ante esta Sala, que correspondió en reparto al Magistrado Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo.

Así las cosas, comoquiera que el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 consagra la facultad, en favor del demandante en tutela, de desistir de su acción, evento en el cual se archiva el expediente, conclúyase que no podía negarse dicha solicitud y emitir el fallo correspondiente, pues en aplicación de la norma citada se impone y procede es la aceptación del desistimiento presentado por el accionante.

En consecuencia, se acepta el desistimiento de la acción de tutela instaurada por Pedro José Castro Martínez contra el tribunal superior de distrito judicial de Bogotá, sala civil, y el juzgado 38 civil del circuito de la misma ciudad. Notifíquese lo resuelto a los interesados mediante telegrama y archívese el expediente. Manuel Isidro Ardila Velásquez