CORTE SUPREMA DE JUSTICIA MAV - exp. 20020012 2 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casación Civil Bogotá D. C., primero (1º) de febrero de dos mil siete (2007). Ref.: expediente No. 110010203000200602102 En el trámite de tutela sólo está prevista la impugnación del fallo, por lo que el recurso de reposición presentado contra el auto que no la admite a trámite es ajeno a él y en consecuencia debe ser rechazado.
Notifíquese. Manuel Isidro Ardila Velásquez