CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D.C., trece de julio de dos mil cinco Ref. Exp. No. 110010203000200500689-00 No se admite por extemporánea la impugnación interpuesta Octavio Curiel Carrillo contra el fallo de primera instancia proferido el 30 de junio de 2005 en la acción de tutela de la referencia, toda vez que el escrito de impugnación se recibió en la secretaría de la Sala Civil de esta Corporación el 12 de julio y según la planilla de entrega de certificados a domicilio de Adpostal, el telegrama N° 1798 de notificación del fallo fue recibido el 6 de julio de 2005, en la Calle 28 No. 20 – 41 de Bucaramanga por Alba Duque quien se identificó con C.C. 31’896.721.
El término para interponer el referido recurso es de 3 días contados a partir del momento de la notificación, conforme lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991 y en el caso presente resulta claro el vencimiento del mismo. En consecuencia, por Secretaría, remítase el expediente a la Corte Constitucional para lo de su cargo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR Presidente (E) PÁGINA 2 E.V.P. EXP. No. 110010203000200500689-00