CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: EDGARDO VILLAMIL PORTILLA Bogotá, D.C., primero (1°) de septiembre de dos mil cuatro. Ref: Exp No. 11001020300020040096600 José Vicente Quintero Torres demanda la protección constitucional de los derechos fundamentales de petición y al trabajo presuntamente vulnerados por la Caja Nacional de Previsión Social “CAJANAL”.
Al respecto se tiene que la Caja Nacional de Previsión Social “ CAJANAL” fue creada como establecimiento público por la Ley 6 de 1945 y transformada en Empresa Industrial y Comercial del Estado por la Ley 490 de 1998, y por ende dicha entidad pertenece al sector descentralizado por servicios, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 489 de 1998.
Por lo anterior, la Corte suprema de Justicia carece de competencia para decidirla, porque mediante el Decreto 1382 de 2000, se asignó a los Jueces del Circuito o con categoría de tales, el conocimiento, en primera instancia, de las solicitudes de tutela que se interpongan contra " cualquier organismo o entidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional o autoridad pública del orden departamental".
Por lo expuesto, se
RESUELVE
RECHAZAR de plano la demanda de tutela presentada por José Vicente Quintero Torres y se ordena devolver sus anexos al interesado, sin necesidad de desglose. CÚMPLASE EDGARDO VILLAMIL PORTILLA Magistrado � Cfr. inciso 2º del numeral 1º del art. 1º. PÁGINA 2