Micelio
T 1100102030002004-00757-00.docCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2004

Magistrado ponente: Edgardo Villamil Portilla

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: EDGARDO VILLAMIL PORTILLA Bogotá, D.C., veintiuno (21) de julio de dos mil cuatro (2004). Ref: Exp No. 110010203000200400757 Sería del caso entrar a decidir el asunto de la referencia remitido por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla como un conflicto de competencia, si no fuere porque de la lectura del proveído de 8 de julio del año en curso se infiere que a pesar de que el juez colegiado estimó que el juez competente para conocer de la acción de tutela impetrada por Ana Lara de Daza contra Electricaribe S.A. E.S.P. era el Juez Municipal de Ciénaga, y no el Séptimo Civil Municipal de Santa Marta quienes se declararon incompetentes, decidió considerar también la posibilidad de que al haberse vinculado “tangencialmente” a la Superintendencia de Servicios Públicos domiciliarios, debía conocerla el Juez Civil del Circuito del lugar en el que se produjo la vulneración o amenaza del derecho cuya protección se demanda y en últimas no resolvió en cuál de todos los juzgados de su jurisdicción debía tramitarse la acción constitucional cuando tenía a su alcance los elementos de juicio necesarios para hacerlo.

Por secretaría devuélvase el expediente al Tribunal de origen para lo de su cargo. Notifíquese, EDGARDO VILLAMIL PORTILLA Magistrado PÁGINA 2