CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, D.C., seis (6) de julio de dos mil cuatro (2004). Ref. Exp. No.T- 11001020300020040059100 No se admite por extemporánea la impugnación interpuesta por Olga de Jesús Quiroz Ruíz contra el fallo de primera instancia proferido 15 de junio del año en curso en la acción de tutela de la referencia, toda vez que el escrito se recibió en la secretaría de la Sala Civil de esta Corporación, el 1° de julio del año en curso y el sello de la Oficina de Adpostal de Apartadó tiene fecha de recibido el 28 de junio.
El término para interponer el referido recurso es de 3 días contados a partir del momento de la notificación, conforme lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991 y en el caso presente resulta claro el vencimiento del mismo. En consecuencia, por Secretaría, remítase el expediente a la Corte Constitucional para lo de su cargo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE EDGARDO VILLAMIL PORTILLA Magistrado PÁGINA 2