Micelio
T 1100102030002003-30408-01.docCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2003

Magistrado ponente: Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá D. C., diez (10) de julio de dos mil tres (2003) Ref. 1100102030002003-30408-01 Se dispone remitir las diligencias surtidas dentro de la acción de tutela promovida por AUGUSTO SALAZAR SANCHEZ contra el Juzgado 15 Civil del Circuito de Medellín, a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esa capital, para que adopte las decisiones que en derecho corresponda, a fin de resolver sobre el amparo invocado.

Se precisa que desde el dieciséis (16) de marzo del año anterior, se restableció la vigencia del Decreto 1382 de 2000 y escrutado el texto del libelo tutelar, se infiere que la queja constitucional, stricto sensu, no involucra ni materializa cuestionamiento alguno frente decisiones adoptadas por la citada Corporación, al punto que la supuesta vía de hecho invocada, se predica, literalmente, de la decisión adoptada el 21 de junio de 2001, con la cual se tuvo al accionante notificado por conducta concluyente, del mandamiento de pago proferido (fl. 5, cdno. 1).

Destácase sobre el particular que aunque en el ordinal 7º de los relatos vertidos en el citado escrito, se indicó que el Tribunal confirmó el auto que rechazó de plano la nulidad otrora instaurada, importa memorar que tal propuesta se apuntaló en la causal de que trata el numeral 4º del artículo 140 del C. de P. C. (cfme. fls. 37 a 42) y no en el tema relacionado con la conducta concluyente que, según se historió es el pilar del amparo esta vez presentado.

Así las cosas, a la referida autoridad jurisdiccional, de acuerdo con los artículos 1º, numeral 2º, inciso 1º y 5º del citado Decreto 1382, le corresponde conocer del trámite, de modo que, con prontitud, la Secretaría remitirá la actuación a la mencionada Sala, para los fines legales indicados, enterando, previamente, por telegrama u oficio a los interesados.

CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO Magistrado