CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá D. C., veintiuno (21) de junio de dos mil dos (2002) Ref.: exp. 1100102030002002-0199-01 Se dispone devolver las diligencias surtidas dentro de la acción de tutela promovida por CARLOS ZARTA MARTINEZ contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ibagué, al señor Magistrado de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esa capital, doctor EFREN BUSTOS ROA, para que adopte las decisiones que en derecho corresponda, a fin de someter a trámite y resolver sobre el amparo aludido.
Se precisa que aunque desde el dieciséis (16) de marzo del año que avanza, se restableció la vigencia del Decreto 1382 de 2000 y el escrito respectivo incluyó como accionada a la Sala Civil de tal Corporación, no es menos cierto que la queja constitucional, en puridad, no involucra ni materializa cuestionamiento alguno por decisiones adoptadas por el citado Tribunal, como que la supuesta vulneración se predica, en rigor, de las determinaciones del referido Juzgado en torno a las liquidaciones del crédito realizadas, por lo que, entonces, allí se radica la competencia, de acuerdo con los artículos 1º, numeral 2º, inciso 1º y 5º del citado Decreto 1382.
Por consiguiente, con prontitud, la Secretaría remitirá la actuación al mencionado funcionario judicial, para los fines legales indicados, enterando, previamente, por telegrama u oficio a los interesados. CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO Magistrado