CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá D. C., treinta (30) de mayo de dos mil dos (2002) Ref.: exp. 1100102030002002-0157-01 Dispónese devolver las diligencias surtidas dentro de la acción de tutela promovida por ADOLFO JOSE MANTILLA PEREZ contra el Juzgado Segundo de Familia de Bucaramanga y la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esa ciudad, al señor Magistrado de la Sala Civil de esa Corporación, doctor JORGE ENRIQUE PRADILLA ARDILA, para que adopte las decisiones que en derecho corresponda, a fin de someter a trámite y resolver sobre el amparo aludido.
Se precisa que aunque desde el dieciséis (16) de marzo del año que avanza, se restableció la vigencia del Decreto 1382 de 2000 y la queja constitucional, como se infiere del expediente, involucra a la Sala de Familia referida, no es menos cierto que ella se presentó antes de esa puntual data –febrero 28 de 2002-, por lo que, entonces, en el referido Tribunal se radicó la competencia, de acuerdo con el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el artículo 5º del citado Decreto 1382.
Por consiguiente, con prontitud, la Secretaría remitirá la actuación al citado funcionario judicial, para los fines legales indicados, enterando, previamente, por telegrama u oficio a los interesados. CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO Magistrado