CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Magistrado Ponente FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ Bogotá D. C., Dieciséis (16) de junio de dos mil once (2011) Discutido y aprobado en sala de quince (15) de junio de dos mil once (2011).
Ref. exp. 11000102030002011-01049-00 Debido a que las razones expuestas por la magistrada Ruth Marina Díaz Rueda encuentran sólido sustento en lo prescrito por el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el artículo 56, numeral 6° del Código de Procedimiento Penal, dado que participó en el proceso que dio origen a la queja constitucional, pues actuó como ponente en la providencia de 5 de febrero de 2002 (folio 75), la Sala ACEPTA el impedimento que ha expresado para intervenir en el trámite y decisión de este asunto.
Por cuanto subsiste el quórum requerido, no es del caso designar conjuez para reemplazar al funcionario impedido. Notifíquese EDGARDO VILLAMIL PORTILLA JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA WILLIAM NAMÉN VARGAS ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ PAGE F.G.G. Exp.1100102030002011-01049-00