CUI 11001023000020210121300 NÚMERO INTERNO 118933 TUTELA DE PRIMERA SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS # 2 LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado ponente STP13889-2021 Radicación #118933 Acta 230 Bogotá, D. C., siete (7) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS Resuelve la Sala la acción de tutela interpuesta por VANESSA ANICHARICO CAMACHO contra la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura.
Al trámite fueron vinculados la Universidad Santo Tomás Seccional Bucaramanga, la Sala Laboral del Tribunal Superior de esa ciudad y el Consejo Superior de la Judicatura.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN El 15 de junio de 2021 VANESSA ANICHARICO CAMACHO radicó ante la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura la solicitud para el reconocimiento de la práctica jurídica y adjuntó los documentos necesarios para tal fin. Sin embargo, pese a que han transcurrido más de dos (2) meses, no ha obtenido información al respecto y, por ende, no pudo registrarse para la fecha más próxima de grados.
Su pretensión es que se amparen sus derechos fundamentales a la educación y libre escogencia y desarrollo de la profesión. Por tanto, se ordene a la entidad accionada adelantar y culminar el trámite de reconocimiento de su judicatura. Asimismo, solicitó que se ordene al Consejo Superior de la Judicatura, reglar el tiempo de expedición de estas resoluciones.
TRÁMITE DE LA ACCIÓN Por auto del 24 de agosto de 2021, la Sala admitió la demanda y corrió el respectivo traslado al sujeto pasivo de la acción y los vinculados. Mediante informe del 31 de agosto siguiente la Secretaría de la Sala dio a conocer que notificó dicha determinación. La Directora de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura se opuso a la prosperidad de la presente acción. Para el efecto, señaló que mediante Resolución 5278 del 31 de agosto de 2021, reconoció la práctica jurídica a nombre de VANESSA ANICHARICO CAMACHO.
Indicó, además, que a través del oficio 5278 de esa fecha le notificó a la accionante el aludido acto administrativo, por medio de comunicación remitida al correo electrónico vanessaanicharico@hotmail.com. Señaló, por último, que en lo corrido de 2021 se ha presentado un aumento en las solicitudes de reconocimiento de prácticas jurídicas (5.033) y expedición de tarjetas profesionales de abogados (12.444), a la par que han recibido 113.764 peticiones en otros asuntos.
Por lo que la carga laboral sobrepasa la capacidad operativa de esa unidad, la cual también se ha visto afectada por las medidas tomadas frente a la Emergencia Sanitaria por el COVID-19. Por su parte, la Rectoría Seccional de la Universidad Santo Tomás señaló que no le corresponde resolver peticiones relacionadas con el reconocimiento de la práctica jurídica.
En consecuencia, solicitó su desvinculación del trámite, dada su falta de legitimidad por pasiva. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Conforme con el numeral 8º del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021, la Sala es competente para resolver este asunto en primera instancia, por cuanto el procedimiento involucra al Consejo Superior de la Judicatura.
En curso del presente trámite se acreditó que la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura expidió y notificó a VANESSA ANICHARICO CAMACHO la Resolución 5278 de 2021, por medio de la cual le reconoció el cumplimiento de la práctica jurídica como requisito alternativo para optar por el título de abogada, realizada en el cargo de Asistente Jurídico Ad-Honorem en la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bucaramanga.
En eventos como el presente, la competencia del juez de tutela se agota al verificar la satisfacción de los derechos fundamentales que se estimaron violentados. En consecuencia, se negará la solicitud de protección constitucional. La anterior declaración no impide exhortar al Consejo Superior de la Judicatura, vinculado al presente trámite, para que en desarrollo de las facultades que le otorga la Constitución y la ley, adopte las medidas urgentes a que haya lugar para superar la congestión en la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, pues, acorde con lo expuesto por la Directora de dicha dependencia, en lo corrido de 2021 ha recibido más de cien mil solicitudes relacionadas con trámites de reconocimiento de prácticas jurídicas, expedición de tarjetas profesionales de abogados, entre otros asuntos, sumado a que la operatividad de esa unidad, también se ha visto afectada por las medidas tomadas frente a la Emergencia Sanitaria por el COVID-19.
Por lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas # 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE 1. NEGAR la acción de tutela presentada por VANESSA ANICHARICO CAMACHO contra la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura. 2.
EXHORTAR al Consejo Superior de la Judicatura para que, de manera urgente, adopte las medidas a que haya lugar para superar la congestión existente en la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia. 3. NOTIFICAR a los interesados en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. 4. De no ser impugnada esta decisión, REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA FABIO OSPITIA GARZÓN HUGO QUINTERO BERNATE NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 2