1 Radicación n° 11001-02-03-000-2025-02974-00 OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente STC10407-2025 Radicación nº 11001-02-03-000-2025-02974-00 (Aprobado en sesión de nueve de julio de dos mil veinticinco) Bogotá D.C., nueve (9) de julio de dos mil veinticinco (2025). Se resuelve la tutela que interpuso Heliodoro Cortés Cortés contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Neiva, extensiva a todos los intervinientes en el proceso penal por el delito de prevaricato con radicado n.° 41001-60-00-584-2021-50067-00.
ANTECEDENTES El accionante -denunciante y víctima en el litigio analizado- pidió ordenar a las accionadas rechazar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Olga Castrillón García contra la decisión proferida en audiencia (4 jun. 2025) que resolvió negar la incorporación de ciertas pruebas. Arguyó que el caso se había dilatado injustificadamente y el remedio procesal lo mantenía suspendido.
Las entidades convocadas concedieron acceso al expediente digital. A la fecha en que se realizó el proyecto de esta determinación no se habían recibido manifestaciones adicionales. CONSIDERACIONES Esta Sala tiene decantada la improcedencia de la tutela cuando no se cumple el requisito de subsidiariedad (CSJ STC6725-2025, entre otras). En este caso, el quejoso no interpuso reposición contra la decisión que resolvió conceder el recurso de alzada en audiencia del 4 de junio de 2025, de ahí que sea evidente el desaprovechamiento del mecanismo ordinario de defensa, así como el desconocimiento del carácter excepcional y residual de esta sede constitucional.
DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil y Agraria y Rural, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela instada por Heliodoro Cortés Cortés. Se ordena a las autoridades judiciales vinculadas a este trámite que anexen, a los expedientes objeto de control constitucional, copia de la presente decisión. Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE HILDA GONZÁLEZ NEIRA Presidenta de Sala MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE FRANCISCO TERNERA BARRIOS 2