Radicación n° 11001-02-03-000-2025-02968-00 OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente STC10398-2025 Radicación nº 11001-02-03-000-2025-02968-00 (Aprobado en sesión de nueve de julio de dos mil veinticinco) Bogotá D.C., nueve (9) de julio de dos mil veinticinco (2025). Se resuelve la tutela que Joaquín Eduardo Pérez Yepes instauró contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial y el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento, ambos de Medellín, con vinculación de la Sala de Casación Penal de esta Corporación, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, la Fiscalía General de la Nación – Unidad de Lavado de Activos, el Ministerio Público, partes, autoridades y demás intervinientes en el juicio n° 11001-60-00-000-2022-02000-01 (Rad.
Interno 69200).
ANTECEDENTES El activante - sentenciado en el proceso objeto de escrutinio- pidió que se declare la nulidad de las sentencias de instancia o, en subsidio, se deje sin efectos las órdenes de captura libradas en su contra. La Sala de Casación Penal luego de hacer el recuento del acaecer procesal, se opuso a las pretensiones. La magistratura de la alzada, la Fiscalía Cuarenta y Seis de la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos, la jueza de conocimiento y la DIAN instaron la desestimación del amparo.
A la fecha de elaboración de esta providencia no se presentaron manifestaciones adicionales. CONSIDERACIONES El resguardo solicitado deviene infértil, toda vez que el mismo es prematuro. Se afirma lo anterior por cuanto verificadas las circunstancias especiales que rodean el caso se extrae que el proceso arribó a esta Corporación el 28 de mayo pasado para resolver el recurso extraordinario de casación al que acudió el quejoso (rad.
Interno 69200) que se encuentra en trámite y en ese escenario es imperativo que se finiquite dicho asunto antes de que se establezca si es necesaria o no la intervención del juez constitucional (CSJ STC5567-2025, entre muchas otras). DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela instada.
Se ordena a las autoridades judiciales vinculadas a este trámite que anexen, al expediente objeto de control constitucional, copia de la presente decisión. Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE HILDA GONZÁLEZ NEIRA Presidenta de Sala MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ FERNANDO AUGUSTO JIMENEZ VALDERRAMA JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE FRANCISCO TERNERA BARRIOS 2