Micelio
SL9347-2016Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2016

Magistrado ponente: Gerardo Botero Zuluaga

Radicación 65001 3 después de escucharlas en audiencia, los árbitros se reunieron para deliberar y el 31 de enero de 2014, se profirió el Laudo Arbitral (fls. 287 a 310 ídem), que por solicitud de SINTRAENFI, fue aclarado el 12 de febrero del mismo año (fls. 324 y 325 ejusdem). II. EL LAUDO ARBITRAL Para los fines que interesan al recurso de anulación, el Tribunal de Arbitramento resolvió sobre los siguientes temas: aumento general de salarios, sueldos mínimos de los niveles de escalafón, aumento por ascensos, aumento por 20 años de servicios, prima de radicación, fondo de vivienda, comité consultivo de vivienda, condiciones de los créditos, auxilio para gastos de avalúo, notariales y de registro, requisitos para los créditos convencionales de vivienda, retiro voluntario del empleado, comité de educación, auxilios de educación, auxilio para prima en póliza de salud, incentivo de caja, auxilio de alimentación, auxilio para anteojos, auxilio por nacimiento y adopción, auxilio por fallecimiento, auxilio de transporte nocturno, auxilio extralegal de transporte, bonificación por pensiones, auxilio para gastos de abogado, protección a la maternidad, comité de análisis y evaluación del trabajo y escalafón, información estadística a SINTRAENFI, continuidad de derechos convencionales – cesión de derechos sindicales, asesores de comisión negociadora de SINTRAENFI, protección posterior a la negociación colectiva, auxilio para la organización sindical y permisos sindicales remunerados para la acción sindical.