Micelio
SL703-2017Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2017

Magistrado ponente: Rigoberto Echeverri Bueno

Radicación n.° 66444 21 sindical denominada ASIB (sic) tiene derecho a la aplicación de todos los beneficios del laudo arbitral…», no pasa de ser una mera especulación sobre la cual la Corte no entrará a pronunciarse. Además, determinar cuáles trabajadores se encuentran excluidos de la aplicación del laudo constituye un ejercicio de carácter jurídico que no es del caso realizar en la presente decisión. Conforme a lo expuesto, no hay lugar a la anulación del laudo.

V. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, VI.

RESUELVE

No anular el laudo arbitral emitido el 5 de mayo de 2014, por el Tribunal de Arbitramento convocado para resolver el conflicto colectivo suscitado entre la ASOCIACIÓN DE INGENIEROS DE LA EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ – ASIEB – y la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P.