SCLAJPT-04 V.00 SALVAMENTO DE VOTO ANA MARÍA MUÑOZ SEGURA Magistrada ponente SL3421-2019 Radicación n.° 63837 Acta 26 Conforme lo expuse en la sesión donde fue objeto de debate la sentencia que origina este salvamento de voto, con todo respeto por la posición mayoritaria, considero que, más allá de que en apariencia se surtieron dos trámites disciplinarios, lo cierto es que se trató de un mismo hecho, esto es, la inasistencia de la demandante a trabajar los días 23, 24, 25, 26 y 27 de junio, por encontrarse detenida por la policía española.
Siendo ello así, y en vista de que la empresa sí tuvo conocimiento de esa situación desde antes del 1° de julio de 2008, se deduce de ello el incumplimiento de los términos estipulados en la convención colectiva para adelantar el procedimiento disciplinario, y de contera, la ineficacia de la actuación adelantada. Radicación n.° 63837 SCLAJPT-04 V.00 2 En tales condiciones, estimo que debió casarse la providencia impugnada, no en el sentido en el que lo comprendió la mayoría, sino para que, en sede de instancia, se confirmara la decisión del a quo que había dispuesto el reintegro de la trabajadora.
En estos breves términos dejo expuestos los motivos de mi disenso. Fecha ut supra. GIOVANNI FRANCISCO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Magistrado