Corte Suprema de Justicia- Sala de casación C-SC-014/1918 DESISTIMIENTO Demandante: Domingo Romero A., Rosa Romero de Beltrán, Julio Romero, Juan S. Romero, Teodoro Beltrán Demandado: Pedro Romero, Ángel María Romero Magistrado Ponente: Dr. MARCELIANO PULIDO R. Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil. Bogotá, veinticinco (25) de junio de 1918.
SENTENCIA Vistos: En el juicio divisorio de bienes comunes entre Domingo Romero A., Rosa Romero de Beltrán, Julio Romero, Juan S. Romero y Teodoro Beltrán, como parte demandante, y Pedro y Ángel María Romero, como demandados, propuso este último recurso de casación contra el fallo del Tribunal de Bogotá, de fecha treinta de julio de mil novecientos diez y siete, por el cual se decretó la partición pedida.
Ante la Corte, en donde apenas empezaba la actuación correspondiente, se presentó un memorial firmado, entre otros, por el recurrente el cual fue autenticado por el Juez del Circuito respectivo, y en el cual se desiste pura y simplemente por haberse efectuado entre los partes una transacción. Como el desistimiento está en legal forma, la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, lo admite y dispone la devolución del expediente a la oficina de donde vino. No hay costas por estar de acuerdo los interesados.
Notifíquese, cópiese y publíquese en la Gaceta Judicial. MARCELIANO PULIDO R. - José Miguel Arango - Juan N. Méndez – Tancredo Nannetti – German D. Pardo – Bartolomé Rodríguez P. - El Oficial Mayor encargado de la Secretaría, Román Baños.