Micelio
S- 08-10-1915- [042]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil1915

Magistrado ponente: Juan N. Mendez

Sentencia C – SC – 042 de 1915 DESISTIMIENTO RECURSO DE CASACIÓN/ Pago efectivo de la obligación. REFERENCIA: GACETA JUDICIAL Nº 1274 y 1275 PETICIONARIO: Rafael Ucrós y Ricardo Etcheverry MAGISTRADO PONENTE: JUAN N. MENDEZ Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación. Bogotá, octubre ocho de mil novecientos quince. Vistos: El memorial suscrito por el doctor Rafael Ucrós, demandante en este juicio, por sí y cómo cesionario del señor Martín Camacho, por este mismo y por el doctor Horacio Hernández, apoderado del demandado Ricardo Etcheverry, se solicita de la Corte que declare terminado el juicio por pago efectivo.

Manifiestan además los peticionarios que existen del recurso de casación que interpusieron tanto el demandante como el demandado. No está en las facultades de la Corte hacer, en recurso de casación, la declaración que se solicita. Respecto del desistimiento, como estar en forma legal y tiene las partes facultad de hacerlo, la corte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, lo declara.

No hay condenación en costas. Notifíquese, cópiese y devuélvase el proceso al tribunal de origen. JUAN N. MENDEZ – Tancredo Nannetti – Jose Miguel Arango – Germán D. Pardo – Marceliano Pulido R. – Bartolomé Rodríguez P. Teófilo Noriega, Secretario en propiedad.