Micelio
P1110 (09-08-94)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas1994

Magistrado ponente: Gustavo Gómez Velásquez

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA�PRIVADO �� SALA DE CASACION PENAL Magistrado ponente: Dr. GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ Tutela No. 1110 Aprobado Acta No. 087 (9-08-94) Santafé de Bogotá D.C., nueve de agosto de mil novecientos noventa y cuatro. V I S T O S: El procesado ALBERTO ANTONIO PEÑA MORENO, quien se halla detenido en la Cárcel del Distrito Judicial de Ibagué, instaura directamente ante esta Corporación, acción de tutela contra el Doctor EFREN BUSTOS ROA Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad, con ocasión de la negativa de expedirle fotocopias del proceso que se sigue en su contra, por los delitos de falsedad personal y estafa, con lo cual se le vulneró el derecho fundamental de petición, previsto en el artículo 23 de la Carta Política.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Ha dicho reiteradamente esta Colegiatura que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 37 del decreto 2591 de 1991, la Corte Suprema de Justicia no tiene competencia para atender de manera directa las acciones de tutela, por carecer de superior jerárquico que pueda en su momento conocer en segunda instancia de la decisión que se adopte.

Por ello, la aquí incoada por el procesado ALBERTO ANTONIO PEÑA MORENO contra el Doctor EFREN BUSTOS ROA, Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, deberá ser rechazada a fin de que la eleve ante cualquiera de los jueces o tribunales del lugar de ocurrencia de la ofensa que acusa, pues de esta manera tienen la oportunidad de recurrir el fallo que en instancia se profiera.

Lo anterior porque la Sala no puede oficiosamente atribuir competencia en particular a ninguno de ellos. Contra esta providencia no procede recurso alguno pero las diligencias serán remitidas a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Al actor le será enviada al centro de reclusión, copia de ella y de su escrito, para que proceda, si lo considera pertinente, conforme a lo anotado en precedencia. Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, R E S U E L V E: 1° RECHAZAR la tutela solicitada por el procesado ALBERTO ANTONIO PEÑA MORENO, por las razones consignadas en precedencia. 2° Contra esta providencia no procede recurso alguno, pero las diligencias serán remitidas a la Corte Constitucional para su eventual revisión. 3° Envíesele al actor copia de esta providencia, de su escrito de tutela al lugar de reclusión, para que si lo estima conveniente, proceda conforme a lo indicado en la parte motiva.

Cúmplase. EDGAR SAAVEDRA ROJAS RICARDO CALVETE RANGEL JORGE CARREÑO LUENGAS GUILLERMO DUQUE RUIZ sin firma GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ DIDIMO PAEZ VELANDIA JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA JORGE ENRIQUE VALENCIA CARLOS A. GORDILLO LOMBANA SECRETARIO. � � Tutela No. 1110 ALBERTO A. PEÑA MORENO Tutela No. 1110 ALBERTO A. PEÑA MORENO �PÁGINA \* ARÁBIGO�3�