CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA�PRIVADO �� SALA DE CASACION PENAL Magistrado ponente: Dr. CARLOS E. MEJIA ESCOBAR Aprobado Acta No. 129 Santafé de Bogotá D.C., diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. V I S T O S: Nuevamente el procesado ALBERTO ANTONIO PEÑA MORENO quien se halla detenido en la Cárcel del Distrito Judicial de Ibagué, solicita la libertad provisional de conformidad con lo preceptuado en el artículo 55 de la ley 81 de 1993, para lo cual acompañó certificado de trabajo por 336 horas y copias del acta del Consejo de Disciplina.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE: El Juzgado 7° Penal del Circuito de Ibagué, mediante sentencia de fecha 27 de octubre de 1993, condenó a PEÑA MORENO a la pena privativa de la libertad de cuatro (4) años y dos (2) meses de prisión, como autor responsable del delitos de falsedad personal y estafa, sanción que fuera confirmada por el Tribunal Superior de la misma ciudad en fallo del 24 de febrero del corriente año, el que ahora es objeto del recurso extraordinario de casación. Peña Moreno se halla detenido desde el 12 de febrero de 1993, es decir, ha permanecido privado de la libertad veintiún (21) meses y cinco (5) días, los que sumados a la redención de pena a que tiene derecho por 3.256 horas de trabajo que le representan seis (6) meses y veintitrés (23) días, le permiten acumular veintisiete (27) meses y veintiocho (28) días, insuficientes para acreditar el requisito cuantitativo de la pena a que se refiere el artículo 72 del Código Penal, pues las dos terceras partes de la sanción impuesta en las sentencias de instancia, equivalen a treinta y tres (33) meses y diez (10) días de prisión. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, NIEGA al procesado ALBERTO ANTONIO PEÑA MORENO el beneficio de libertad provisional.
Notifíquese y cúmplase. EDGAR SAAVEDRA ROJAS RICARDO CALVETE RANGEL GUILLERMO DUQUE RUIZ CARLOS E. MEJIA ESCOBAR DIDIMO PAEZ VELANDIA NILSON PINILLA PINILLA JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA JORGE ENRIQUE VALENCIA M. CARLOS A. GORDILLO LOMBANA SECRETARIO � � PROCESO No. 9908 ALBERTO A. PEÑA MORENO PROCESO No. 9908 ALBERTO A. PEÑA MORENO �PÁGINA \* ARÁBIGO�1�