Micelio
L10670Corte Suprema de Justicia · Sala Penal1995

Magistrado ponente: Fernando Enrique Arboleda Ripoll

Ley 65 de 1993Ley 81 de 1993

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA�PRIVADO �� SALA DE CASACION PENAL Magistrado ponente: Dr. FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL. Aprobado Acta No. 87. Santafé de Bogotá D.C., veintiocho de junio de mil novecientos noventa y cinco. V I S T O S: El procesado JUAN CARLOS ESLAVA ORJUELA, quien se halla detenido en la Colonia Penal de Oriente en Acacías (Meta), solicita en su favor el beneficio de libertad provisional, por considerar que reúne todos los requisitos previstos en los artículos 72 del Código Penal y 55.2 de la Ley 81 de 1993, para lo cual acompañó certificados de trabajo, cartilla biográfica y Actas del Consejo de Disciplina.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Mediante sentencia de fecha 9 de mayo de 1994, el Juzgado 64 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogotá condenó a ESLAVA ORJUELA a la pena privativa de la libertad de 44 meses de prisión, como autor responsable de los delitos de hurto calificado y agravado en concurso con el de porte ilegal de armas de defensa personal, sanción que fuera confirmada por el Tribunal Superior de esta ciudad en fallo calendado el 18 de julio siguiente.

El peticionario se halla privado de su libertad desde el 5 de octubre de 1993, es decir, a la fecha ha descontado efectivamente de la pena impuesta en las instancias 20 meses y 22 días. Por trabajo se le certifican 1.567 horas que de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 65 de 1993 le representan una rebaja de 3 meses y 7 días, factores que sumados arrojan un total de 23 meses y 29 días, inferiores a las dos terceras partes de la pena impuesta en instancias equivalente a 29 meses y 10 días, motivo suficiente para denegar el beneficio demandado.

En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, NIEGA al procesado JUAN CARLOS ESLAVA ORJUELA el beneficio de libertad provisional, por las razones consignadas en precedencia. Notifíquese y cúmplase. NILSON PINILLA PINILLA FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL RICARDO CALVETE RANGEL CARLOS E. MEJIA ESCOBAR DIDIMO PAEZ VELANDIA EDGAR SAAVEDRA ROJAS JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA JORGE ENRIQUE VALENCIA M. CARLOS A. GORDILLO LOMBANA SECRETARIO � � Proceso No. 10670 JUAN C. ESLAVA ORJUELA Proceso No. 10670 JUAN C. ESLAVA ORJUELA �PÁGINA \* ARÁBIGO�1�