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IMP-8628Corte Suprema de Justicia · Sala Penal1995

Magistrado ponente: Juan Manuel Torres Fresneda

Ley 81 de 1993

�PRIVADO �� CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente Dr. JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA Aprobado Acta N°117 Santafé de Bogotá, D. C., diecisiete (17) de agosto de mil novecientos noventa y cinco (1995). V I S T O S: Resuelve la Corte sobre el impedimento manifestado por el Señor Magistrado de la Sala Doctor FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL con fundamento en la causal 4a. del artículo 103 del Código de Procedimiento Penal, modificado por el artículo 15 de la Ley 81 de 1993.

C O N S I D E R A C I O N E S: 1. Se adelantan las presentes diligencias en contra de los aforados doctores JOSE BLACKBURN CORTES, ALVARO PAVA CAMELO y JAIME VARGAS SUAREZ, bajo sindicación de un delito contrario a la administración pública. 2. El Magistrado doctor FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL ha manifestado que al haber emitido opinión y dado consejo al Senador José Blackburn, en tanto se encontraba en el ejercicio privado de la profesión de abogado, concurre la causal de impedimento citada y, en consecuencia, solicita ser relevado del conocimiento de este asunto, con mayor razón si en su asesoría comprometió su criterio " a través de valoraciones jurídicas sobre el tipo de delito, responsabilidad, etc." 2.

Ciertamente la normatividad procedimental señala que hay causal de impedimento cuando el funcionario judicial "haya dado consejo o manifestado opinión sobre el asunto materia del proceso", hecho que aduce en este evento el Magistrado doctor ARBOLEDA RIPOLL con motivo de una actuación distinta y precedente a la jurisdiccional que ahora desempeña. Siendo por ello evidente que concurre la causal invocada según la propia y atendible manifestación de quien se excusa, se impone así declararlo por parte de la Sala, separando al impedido del conocimiento del asunto, y para su reemplazo disponiendo el sorteo del conjuez con quien ha de reintegrarse el órgano decisorio según lo indica el artículo 106 del Código de Procedimiento Penal.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Penal, R E S U E L V E: DECLARAR FUNDADO el impedimento invocado por el Magistrado doctor FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL, a quien separa del conocimiento del presente asunto, disponiendo como consecuencia el sorteo del conjuez que deba reemplazarlo. Cópiese, notifíquese y cúmplase.

NILSON PINILLA PINILLA RICARDO CALVETE RANGEL CARLOS E. MEJIA ESCOBAR DIDIMO PAEZ VELANDIA EDGAR SAAVEDRA ROJAS JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA JORGE ENRIQUE VALENCIA M. Carlos A. Gordillo Lombana Secretario � � Rad.Unica 8628 C/José Blackburn os. � Rad.Unica 8628 C/José Blackburn os. �PÁGINA \* ARÁBIGO�1� �PÁGINA \* ARÁBIGO�1�