Sentencia C – SC - 043 de 1923 RECURSO DE CASACIÓN DESIERTO/ Falta de fundamentación del recurso. REFERENCIA: GACETA JUDICIAL Nº 1547 TRIBUNAL: TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ Corte Suprema de Justicia— Sala de Casación Bogotá, junio cinco de mil novecientos veintitrés Vistos: La parte demandada y a la vez uno de los recurrentes solicitan que como los que recurrieron en casación dejaron pasar el término del traslado sin fundar respectivamente el recurso, debe declararse este desierto en su totalidad.
Se considera: En providencia en la Sala de fecha seis de diciembre del año pasado se negó la declaración que hoy es nuevamente materia de la anterior petición, y ordenó además la Corte que se renovarán los traslados a las partes recurrentes, empezando por el demandante, quien omitió fundar su recurso, tanto ante el Tribunal como ante la Corte.
Cuanto al demandado recurrente, no se ha corrido todavía el traslado que le corresponde. La petición que se examina es fundada tan sólo en parte. Por tanto, la Corte Suprema, Sala de Casación, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, decide: Declararse desierto el recurso de casación interpuesto por la parte demandante en este juicio y ejecutoriada respecto de ella la sentencia de segunda instancia dictada por el Tribunal Superior de Bogotá el 9 de julio de 1920.
Notifíquese. JULIO LUZARDO FORTOUL – José Miguel Arango – Dionisio Arango – Juan N. Méndez – Tancredo Nannetti – Marceliano Pulido R. – Teófilo Noriega, Secretario en propiedad.