CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n° 72090 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 2 JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO MAGISTRADO PONENTE ATP722-2014 Radicación N° 72090 Aprobado acta N° 048 Bogotá, D.C., veinte (20) de febrero de dos mil catorce (2014). Sería del caso que la Sala se pronunciara sobre la demanda de tutela interpuesta por el ciudadano SHERWIN GIOVANNY LLANO CORREA contra el Juzgado Promiscuo Municipal de Caldas (Antioquia), en procura de amparo para las garantías fundamentales al debido proceso, defensa, igualdad, libertad entre otros que considera vulneradas a partir de la sentencia condenatoria proferida en su contra, mediante la cual aduce fue condenado a “ 85 meses de prisión… por el delito de porte y hurto agravado”.
En estas condiciones, para efectos de establecer la competencia de la autoridad que debe conocer la demanda de tutela que se allegó ante esta Corporación, se debe partir de lo normado en el Decreto 1382 de 2000, cuando señala que las acciones de tutela contra autoridades judiciales corresponde su conocimiento al superior funcional respectivo, que para el caso no es otro que la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia en virtud de la información suministrada por el actor, cuando afirma que fue condenado entre otro delito por el de “ porte” esto es, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego de competencia de los Juzgados del Circuito.
Así las cosas, conforme a la citada normatividad y atendiendo a lo expuesto se enviarán las diligencias a la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, para que sea allí donde se asuma el conocimiento de la presente actuación de ser el competente, pues de comprobarse que la sentencia condenatoria fue emitida por otros despachos judiciales deberá examinarse nuevamente la competencia. Igualmente se comunicará esta decisión al interesado de conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 1382 del 2000 y el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.
Cúmplase. JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria PAGE 2