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ATP7106-2014Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2014

Magistrado ponente: Eugenio Fernández Carlier

República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA 76358 CAROLINA RODRÍGUEZ SUÁREZ IMPUGNACIÓN CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado Ponente ATP7106-2014 Radicación Nº 76358 (Aprobado mediante Acta nº 394) Bogotá D.C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil catorce (2014). 1.

El pasado 28 de octubre, esta Sala de Decisión se abstuvo de resolver acerca de la impugnación interpuesta por la accionante CAROLINA RODRÍGUEZ SUÁREZ, respecto del fallo proferido el 10 de septiembre del presente año por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por haber sido presentado de manera extemporánea, atendiendo a que la comunicación del fallo, según lo afirmó la accionante en el escrito mediante el cual sustentó la alzada[footnoteRef:1], se produjo el día 18 del mismo mes y año, razón por la cual, de conformidad con lo señalado por el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, el término para impugnar la decisión vencía el 23 de septiembre siguiente. [1: Fl. 98 c.o. tutela 1ª instancia.] 2.

Contra tal proveído, la demandante interpone recurso de reposición, aduciendo que según la información que reposa en el Sistema de Información Judicial[footnoteRef:2] y en el expediente[footnoteRef:3], ella radicó un primer escrito a través del cual manifestó su intención de formular la alzada el 19 de septiembre de 2014, es decir, dentro del término de ley. [2: Fl. 9 y 10 c.o. tutela 2ª instancia.] [3: Fl. 90 c.o. tutela 1ª instancia.] 3.

Atendiendo el escrito de la demandante y dado que lo decidido y aprobado en el auto ATP6636-2014, Acta No. 361 por esta Sala de Decisión de Tutelas no tiene el carácter de fallo, además de la informalidad que rodea la acción de amparo, se repondrá la actuación surtida a partir del auto de 28 de octubre de 2014, a través del cual se abstuvo la Sala de conocer de la impugnación, para en su lugar admitirla.

DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Decisión de Tutelas, RESUELVE 1. Reponer el auto de 28 de octubre de 2014 por cuyo medio se abstuvo la Sala de Conocer la impugnación formulada por la accionante CAROLINA RODRÍGUEZ SUÁREZ para en su lugar, declarar que el recurso fue interpuesto dentro del término de ley. 2.

Por la Secretaría, notifíquese de conformidad con lo previsto por el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, y cumplido lo anterior, retorne la actuación al despacho del magistrado sustanciador para resolver el recurso. CÚMPLASE, JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 1 2 República de Colombia Corte Suprema de Justicia