República de Colombia Corte Suprema de Justicia 10 Radicación No. 83270 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO Magistrado Ponente ATP6947-2015 Radicación N° 83270 Aprobado acta N° 425 Bogotá, D.C., veintiséis (26) de noviembre de dos mil quince (2015). Se allega demanda formulada mediante apoderado por la ciudadana MARÍA MARGARITA CASTAÑO DE URÁN contra el Juzgado Noveno Penal Municipal de Medellín, en procura de amparo para las garantías constitucionales que estima vulneradas, a partir de la negativa frente a la solicitud de desarchivo de las diligencias adelantadas en contra de BEATRIZ ELENA FRANCO ISAZA, por el presunto delito de prevaricato por acción. En estas condiciones, para efectos de establecer la competencia de la autoridad que debe conocer la demanda de tutela que se ha presentado ante esta Corporación, se debe partir de lo normado en el Decreto 1382 de 2000, cuando señala que las acciones de tutela contra autoridades judiciales corresponde su conocimiento al superior funcional respectivo, que para el presente caso no es otro que la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, atendiendo que los juzgados accionados pertenecen a ese distrito judicial.
Así las cosas, conforme a la citada normatividad y atendiendo lo expuesto se enviarán las diligencias al tribunal competente, para que sea allí donde se avoque su conocimiento. Igualmente se comunicará esta decisión al interesado, de conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 1382 del 2000 y el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.
Cúmplase. JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 4