Impugnación de Tutela 75896 A/. Juan Ganem Issa Impugnación de Tutela 75896 A/. Juan Ganem Issa CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1 Luis Guillermo Salazar Otero Magistrado Ponente ATP6017-2014 Radicación N° 75896 Acta No. 326 Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil catorce (2014). ASUNTO Decidir lo pertinente en relación con la impugnación presentada contra el fallo proferido el 4 de agosto de 2014 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, por medio del cual denegó por improcedente la acción de tutela elevada por JUAN GANEM ISSA, a través de apoderado, contra el Juzgado Primero Penal del Circuito de Cartagena, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, defensa y acceso a la administración de justicia. República de Colombia Corte Suprema de Justicia Impugnación de Tutela 71954 A/.
Henry de Jesús Hernández Martínez 1 8 CONSIDERACIONES 1. Sería el caso que la Sala se ocupara de resolver la impugnación interpuesta por el accionante, si no fuera porque se observa una irregularidad sustancial que invalida lo actuado en primera instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, pues una vez examinado el plenario, se evidencia que no fue convocada la Fiscalía 45 Seccional de Cartagena como tercero con interés directo en el resultado de la actuación constitucional, lo cual comporta una vulneración del derecho al debido proceso. 2.
En efecto, le asiste interés en la actuación, de un lado, en calidad de titular de la acción penal y a cuyo cargo está la indagación donde se solicitó la medida restaurativa y en la cual le corresponde adoptar una decisión sobre la procedencia formal de la denuncia y, de otro, como garante de los derechos de las víctimas y coadyuvante de la solicitud de suspensión del poder dispositivo del bien objeto de la acción. 3.
En tal orden de ideas y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 140, numeral 8° del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 4° del Decreto 306 de 1992, se decretará la nulidad de lo actuado a partir del fallo emitido el pasado 4 de agosto, inclusive, dejando con plena validez las pruebas practicadas, para que se enmiende la actuación en los términos enunciados párrafos atrás. En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas Nº 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE Primero-.
Declarar la nulidad de lo actuado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, a partir del fallo emitido el pasado 4 de agosto, inclusive, dentro de la acción de tutela instaurada por JUAN GANEM ISSA, a través de apoderado. Segundo-. Dejar incólumes las pruebas practicadas y con arreglo a lo expuesto en la parte motiva de este proveído.
Tercero-. Notifíquese esta decisión en la forma prevista por el Decreto 2591 de 1991 y devuélvanse las diligencias a la Sala de origen, para que rehaga el procedimiento de acuerdo con la parte motiva de esta decisión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNANDEZ EYDER PATIÑO CABRERA Nubia Yolanda Nova García Secretaria 4