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ATP526-2024Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2024

Magistrado ponente: Luis Antonio Hernández Barbosa

Decreto 2591 de 1991Ley 906 de 2004

CUI 11001023000020230084000 Número Interno132263 TUTELA DE SEGUNDA INSTANCIA LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado ponente ATP526-2024 Radicación 132263 Acta No. 055 Bogotá D.C., doce (12) de marzo de dos mil veinticuatro (2024). VISTOS: Se resuelve el impedimento expresado por un Magistrado de la Sala, quien invocó la causal 4ª del artículo 56 de la Ley 906 de 2004.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES: El Magistrado Gerardo Barbosa Castillo declaró su impedimento para conocer la solicitud de aclaración o adición de la acción de tutela promovida, a través de apoderado, por CARLOS ALBERTO CONTRERAS LÓPEZ, respecto del fallo de tutela de primera instancia proferido el 8 de agosto de 2023, aduciendo la concurrencia de la causal 4ª del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, la cual se presenta cuando el funcionario judicial «(…) haya sido apoderado o defensor de alguna de las partes, o sea o haya sido contraparte de cualquiera de ellos, o haya dado consejo o manifestado su opinión sobre el asunto materia del proceso.» En sustento, argumentó que “antes de ser elegido magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, el accionante conoció mi opinión respecto del proceso en cuestión”.

La Sala ha definido que la causal aludida se configura en dos casos. El primero, al expresar opiniones en contextos diferentes al ejercicio de las funciones judiciales –procedencia general– y, el segundo, en cumplimiento de estas, pero por fuera de la actuación en la cual se realiza la declaración de impedimento –procedencia excepcional–.

Así las cosas, con el objeto de salvaguardar la total transparencia y objetividad de los funcionarios judiciales llamados a resolver la solicitud formulada por el accionante, emerge necesario aceptar la manifestación de impedimento propuesta por el Magistrado Gerardo Barbosa Castillo y, por consiguiente, separarlo del conocimiento de este asunto.

En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas # 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE:

1. DECLARAR FUNDADA la manifestación de impedimento presentada por el Magistrado Gerardo Barbosa Castillo. En consecuencia, se ordena separarlo del conocimiento del presente asunto. 2. NOTIFICAR este proveído conforme al artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. 3. REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Contra esta decisión no proceden recursos.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA GERARDO BARBOSA CASTILLO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 3