República de Colombia Corte Suprema de Justicia 10 Radicación No. 81088 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO Magistrado Ponente ATP4093-2015 Radicación N° 81088 Aprobado acta N° 252 Bogotá, D.C., veintitrés (23) de julio de dos mil quince (2015). Se allega demanda formulada por el ciudadano JOSÉ JAIRO CAICEDO MORENO contra los Juzgados Primero y Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Palmira y la Fiscalía Seccional de Cali, en procura de amparo para las garantías constitucionales que estima vulneradas, a partir de la omisión que atribuye a los accionados en la gestión necesaria para la actualización y cancelación de las anotaciones que le figuran en las bases de datos de los organismos de seguridad del Estado.
En estas condiciones, para efectos de establecer la competencia de la autoridad que debe conocer la demanda de tutela que se ha presentado ante esta Corporación, se debe partir de lo normado en el Decreto 1382 de 2000, cuando señala que las acciones de tutela contra autoridades judiciales corresponde su conocimiento al superior funcional respectivo, que para el presente caso no es otro que la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga, atendiendo que los juzgados accionados pertenecen a ese distrito judicial.
Así las cosas, conforme a la citada normatividad y atendiendo lo expuesto se enviarán las diligencias al Tribunal competente, para que sea allí donde se avoque su conocimiento. Igualmente se comunicará esta decisión al interesado, de conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 1382 del 2000 y el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.
Cúmplase. JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 4