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ATP3345-2014Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2014

Magistrado ponente: Patricia Salazar Cuéllar

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso de Tutela Radicación 74.335 Robinson Rojas Vargas República de Colombia Corte Suprema de Justicia Proceso de Tutela Radicación 74.335 Robinson Rojas Vargas CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 3 PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR MAGISTRADA PONENTE ATP3345-2014 Radicación No. 74.335 Acta No.188 Bogotá D. C., diecisiete (17) de junio de dos mil catorce (2014) VISTOS Sería necesario avocar conocimiento de la demanda de tutela formulada por ROBINSON ROJAS VARGAS contra el CONSEJO DE ESTADO, si no se observara que esta Corporación carece de competencia para ello.

ANTECEDENTES FÁCTICOS Y PROCESALES ROBINSON ROJAS VARGAS acude a la extraordinaria vía de tutela, solicitando la protección de sus derechos fundamentales, los que en su concepto fueron vulnerados por el Consejo de Estado, dentro del trámite de notificación de una acción de la misma especie que impetró ante el Supremo Tribunal de la Jurisdicción Administrativa.

CONSIDERACIONES Para el caso, es preciso aplicar el contenido del inciso 2º, del numeral 2º, del artículo 1º, del Decreto 1382 de 2000, que dice: Lo accionado contra la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado o el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, será repartido a la misma corporación y se resolverá por la Sala de Decisión, Sección o Subsección que corresponda de conformidad con el reglamento al que se refiere el artículo 4° del presente decreto.

Lo anterior permite colegir que por ser el demandado el Consejo de Estado, es esa Corporación donde debe surtirse el trámite del presente proceso constitucional y así lo dispondrá la Sala. En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL – SALA DE DECISIÓN DE ACCIONES DE TUTELA NO. 3, RESUELVE REMITIR por Secretaría, el expediente al Consejo de Estado, para que allí se le imparta el trámite correspondiente a la demanda de tutela, de conformidad con las consideraciones de esta providencia. CÚMPLASE JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria _1139985127.doc