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ATP2232-2018Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2018

Magistrado ponente: José Francisco Acuña Vizcaya

Decreto 2591 de 1991

Radicado No. 101103 Ana Janeth Palencia JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA Magistrado Ponente ATP2232-2018 Radicación Nº 101103 (Aprobado Acta Nº 381) Bogotá D.C., trece (13) de noviembre de dos mil dieciocho (2018). Resolver sobre el desistimiento de la acción de tutela presentada por ANA JANETH PALENCIA BAEZ contra la Sala de Extinción del Derecho de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá, a quien acusa de haber vulnerado sus derechos fundamentales.

ANTECEDENTES FÁCTICOS Y PROCESALES 1.- Adujo la accionante que en el año 2003, la señora Mélida Rojas Vásquez le vendió el inmueble en el que actualmente reside con su familia, el cual próximamente será objeto de subasta pública por parte de la SAE. Explicó que en el año 2006, la Fiscalía General de la Nación inició el proceso de extinción de dominio en contra del señor Alexander Valencia Montoya –cónyuge de Rojas Velásquez-, correspondiendo al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bogotá autoridad que el 23 de diciembre de 2013, declaró que el apartamento 801 de la Calle 140 Núm. 6-50 (antes Carrera 8A # 140A-80), es de propiedad de la accionante y ordenó su devolución. Acotó que durante los diez años que duró el proceso, le permitieron vivir en el inmueble ejerciendo actos inherentes al dominio tales como, la cancelación de los impuestos, mejoras y administración del mismo.

Acude a este mecanismo, con el fin de lograr la protección de los derechos fundamentales de sus hijos y nietos menores de edad y, los propios, puesto que, será despojada del inmueble por parte de la SAE, amén de la mora judicial (4 años) en la resolución de la consulta que se surte del fallo de primera instancia en la Sala de Extinción del Derecho del Dominio del Tribunal Superior de Bogotá. 2.

El 24 de octubre de 2018 la accionante remitió al despacho un memorial manifestando que desistía de la acción de tutela incoada en los siguientes términos: « ANA JANETH PALENCIA BAEZ, demandante en esta acción de tutela que cursa en su Despacho y VANESSA BAEZ PALENCIA, coadyuvante de la misma, a UDS manifestamos que DESISTIMOS de la ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA contra el TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SALA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO en los términos del artículo 26 del decreto 2591 de 1.991».

CONSIDERACIONES DE LA CORTE La acción de tutela es un mecanismo de raigambre constitucional, establecido para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, cuando se vean amenazados o vulnerados por acciones u omisiones de las autoridades públicas o de los particulares en los casos previstos por el legislador, al cual puede acceder cualquier persona que considere se encuentra en alguna de tales eventualidades, cuyo ejercicio surge de la voluntad del demandante, quien, por lo tanto, también tiene la facultad de renunciar a esa atribución. Dicha circunstancia se encuentra prevista en el inciso 2º del artículo 26 del Decreto 2591 de 1991, en cuanto dispone «el recurrente podrá desistir de la tutela…».

En el caso objeto de análisis, la accionante ha manifestado su deseo de desistir de la acción de tutela. En vista de lo anterior, sumado a la inexistencia de vicio de consentimiento alguno en su manifestación, se accederá a la pretensión y el archivo de las presentes diligencias. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal, en Sala de Decisión de Tutelas No. 3, RESUELVE 1.

ACEPTAR el desistimiento de la acción de tutela presentada por ANA JANETH PALENCIA BAEZ contra la Sala de Extinción del Derecho de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá. 2. Notificada esta decisión de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, se ordenará el archivo de las diligencias. Cúmplase JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 4