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ATP2055-2015Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2015

Magistrado ponente: Patricia Salazar Cuéllar

Ley 906 de 2004

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela 78.298 Impugnación Alberto Montiel del Rio y otro. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS NO. 3 PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR MAGISTRADA PONENTE ATP2055-2015 Radicación No.: 78.298 Acta No. 136 Bogotá D. C., veintiuno (21) de abril de dos mil quince (2015) Los H. Magistrados JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ y EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, manifestaron su impedimento para conocer de las impugnaciones instauradas por ALBERTO MONTIEL DEL RÍO y el representante del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y CONSUMO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN CLUBES, HOTELES, RESTAURANTES Y SIMILARES DE COLOMBIA – HOCAR, seccional Cartagena, contra el fallo proferido el 10 de diciembre de 2014 por la SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, al estimar que se encuentran inmersos en la causal prevista en el numeral 6º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, que se configura cuando «(…) el funcionario haya dictado la providencia de cuya revisión se trata, o hubiere participado dentro del proceso».

Lo anterior como quiera que, de un lado, el Magistrado JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ suscribió la providencia del 10 de septiembre de 2013, dictada en la acción constitucional radicada bajo el No. 68.186, misma que ahora, al interior de la actuación de la referencia, es objeto de cuestionamiento y controversia por parte del accionante ALBERTO MONTIEL DEL RÍO. Y de otra parte, el Magistrado EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, fue accionado dentro del presente trámite tutelar y mediante oficio adiado 2 de diciembre de 2014, descorrió el traslado de la acción constitucional, oponiéndose a las pretensiones incoadas por MONTIEL DEL RÍO. Por consiguiente, al configurarse la causal aludida del Código de Procedimiento Penal, los suscritos Magistrados aceptamos el impedimento propuesto y en consecuencia los H. Magistrados JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ y EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, serán separados del conocimiento de este asunto.

Comuníquese y cúmplase PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ EYDER PATIÑO CABRERA NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 2 _1139985127.doc