Consulta incidente de desacato No. 126334 C.U.I. 73001220400020220007701 JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS FABIO OSPITIA GARZÓN Magistrado Ponente ATP1696-2022 Consulta incidente desacato No. 126334 Acta No. 223 Bogotá D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil veintidós (2022). ASUNTO Resolver el grado jurisdiccional de consulta de la decisión del 6 de septiembre de 2022, mediante la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué sancionó al doctor Óscar de Jesús Marín, representante legal de la Fiduciaria Central, por desacato al fallo de tutela emitido por esa Colegiatura el pasado 8 de febrero, que amparó el derecho fundamental a la salud de JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS.
ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE
1. JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS instauró acción de tutela, entre otras autoridades, contra el Complejo Penitenciario y Carcelario de Ibagué y la Fiduciaria Central, como vocera y administradora del Consorcio Fondo de Atención en Salud PPL, con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental a la salud en razón que no le es suministrado, en forma oportuna, el medicamento MATINAC IMATINIB 400 MILIGRAMOS, necesario para el tratamiento de la patología que padece -LEUCEMIA MELOIDE CRÓNICA EN FASE ACELERADA-. 2.
En sentencia del 8 de febrero de esta anualidad, la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué concedió el amparo del derecho fundamental a la salud del actor y, en consecuencia, ordenó a la USPEC, a la Fiduciaria Central como administradora del Fondo Nacional de Salud PPL, a la IPS Clínica Trauma Norte S.A y al Área de Sanidad del Complejo Penitenciario y Carcelario de Ibagué que, dentro de las 48 horas siguientes a su notificación, suministren a JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS el aludido medicamento. 3.
Determinación que al haber sido impugnada por la Fiduciaria Central, como vocera y administradora del Fondo Nacional de Salud PPL, fue confirmada por esta Sala en sentencia STP5903 del 22 de marzo de 2022. 4. Con escrito del 10 de agosto de 2022, JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS solicitó iniciar el trámite de incidente de desacato, bajo el argumento de que las autoridades accionadas no le habían hecho entrega del medicamento cuyo suministro fue ordenado en el fallo de tutela. 5.
En auto del 22 de agosto de 2022, la Magistrada a cargo del asunto dispuso dar inicio al trámite incidental, al que ordenó vincular, entre otros funcionarios, a Óscar de Jesús Marín, Presidente de la Fiduciaria Central S.A., quien fue sancionado, en decisión del pasado 6 de septiembre, con 2 días de arresto domiciliario y multa de 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. 6.
Comunicada la anterior determinación, la apoderada judicial del Fideicomiso Fondo Nacional de Salud PPL solicitó su revocatoria bajo el supuesto de que ya se dio efectivo cumplimiento a la orden dada en el fallo de tutela. En tal sentido, aportó el acta de entrega del medicamento MATINAC IMATINIB 400 MILIGRAMOS del 29 de agosto de 2022, con firma y huella del interno JHONATAN ANDRÉS SUÁRES CONTRERAS.
CONSIDERACIONES Competencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, la Sala es competente para conocer la consulta de la sanción por desacato al fallo de tutela emitido el 6 de septiembre de 2022, que fue impuesta por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué. Decisión. 1. El incidente de desacato es el mecanismo a través del cual se impone una sanción a la autoridad pública o al particular que se sustrae al cumplimiento de una orden contenida en un fallo de tutela que lo vincula.
El propósito de la sanción es lograr el cumplimiento efectivo de la orden de tutela pendiente de ser ejecutada. Por lo anterior, cuando en el curso del incidente de desacato el accionado se allana a cumplir la orden impartida, opera el fenómeno de la carencia actual de objeto y no hay lugar a su imposición[footnoteRef:1]. [1: Corte Constitucional, Sentencia SU 034 de 2018.] 2.
Como ya se indicó, la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, en providencia del 6 de septiembre de 2022, sancionó al doctor Óscar de Jesús Marín, Presidente de la Fiduciaria Central S.A., por desacatar el fallo de tutela emitido por esa Colegiatura el pasado 8 de febrero, que amparó el derecho fundamental a la salud de JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS y, como consecuencia de ello, ordenó entregar a su favor el medicamento MATINAC IMATINIB 400 MILIGRAMOS, necesario para el tratamiento de la patología que padece -LEUCEMIA MELOIDE CRÓNICA EN FASE ACELERADA-. 3.
Con posterioridad a la notificación de la referida decisión, la apoderada judicial del Fondo de Atención de Salud PPL, remitió el acta de entrega de medicamentos del 29 de agosto de 2022, donde se constata el suministro de 30 dosis de MATINAC IMATINIB 400 MILIGRAMOS a JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS, quien firmó a satisfacción. 4. La Sala ha precisado que la aplicación de la sanción deviene innecesaria cuando quien se ha sustraído injustificadamente del cumplimiento de la tutela, decide abandonar el estado de omisión, dando cumplimiento al fallo, aún después de haberse emitido la decisión objeto de consulta.
Así lo ha consignado en las providencias CSJ ATP043-2019, ATP1597-2019, ATP851-2019 y ATP065-2020, entre otras. Siguiendo esta la línea jurisprudencial, la Sala revocará la sanción impuesta por el Tribunal al doctor Óscar de Jesús Marín, como quiera que dio cumplimiento a la orden de amparo constitucional. En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia No. 2, RESUELVE 1.
Revocar la providencia sancionatoria objeto de consulta y, en su lugar, declarar el cumplimiento del fallo de tutela emitido el 8 de febrero de 2022 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué. 2. Comunicar esta decisión en la forma prevista por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. 3. Devolver el expediente al Tribunal de origen, para su archivo.
CÚMPLASE FABIO OSPITIA GARZÓN LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA HUGO QUINTERO BERNATE NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 5 FABIO OSPITIA GARZÓN Magistrado Ponente ATP 1696 - 2022 Consulta incidente desacato No. 12 6334 Acta No. 223 Bogotá D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil veintidós (2022). ASUNTO Resolver el grado jurisdiccional de consulta de la decisión del 6 de septiembre de 2022, mediante la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué sancionó al doctor Óscar de Jesús Marín, representante legal de la Fiduciaria Central, por desacato a l fallo de tutela emitid o por esa Colegiatura el pasado 8 de febrero, que amparó el derecho fundamental a la salud de JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS.
FABIO OSPITIA GARZÓN Magistrado Ponente ATP1696-2022 Consulta incidente desacato No. 126334 Acta No. 223 Bogotá D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil veintidós (2022). ASUNTO Resolver el grado jurisdiccional de consulta de la decisión del 6 de septiembre de 2022, mediante la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué sancionó al doctor Óscar de Jesús Marín, representante legal de la Fiduciaria Central, por desacato al fallo de tutela emitido por esa Colegiatura el pasado 8 de febrero, que amparó el derecho fundamental a la salud de JHONATAN ANDRÉS SUÁREZ CONTRERAS.