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ATP1237-2023Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2023

Magistrado ponente: Fabio Ospitia Garzón

Decreto 2591 de 1991

CUI 11001020300020230093500 Tutela 1° Instancia No. 132749 RONALD MANUEL GONZÁLEZ POLO FABIO OSPITIA GARZÓN Magistrado Ponente ATP1237-2023 Tutela de 1ª instancia No. 132749 Acta No. 162 Bogotá D.C., veintinueve (29) de agosto de dos mil veintitrés (2023) VISTOS Se resuelve la solicitud de desistimiento presentada por el accionante RONALD MANUEL GONZÁLEZ POLO.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN Como hechos jurídicamente relevantes se destacan los siguientes:

1. RONALD MANUEL GONZÁLEZ POLO es portador de la tarjeta profesional de abogado No. 252.659, cuyo extravío denunció el 4 de marzo de 2018. 2. Refiere que, el 19 de febrero de 2021, a través de la plataforma web SIRNA del Consejo Superior de la Judicatura, solicitó la expedición del duplicado del aludido documento, solicitud a la que omitió adjuntar el formulario respectivo, copia de su cédula de ciudadanía, constancia de consignación del valor del plástico y la denuncia. 3.

Por resolución No. 2876 del 19 de marzo de 2023, la Unidad del Registro Nacional de Abogados decretó el desistimiento de dicho trámite. 4. El 15 de agosto de 2023, el gestor del amparo consignó en la cuenta del BBVA el valor correspondiente al plástico de la tarjeta e intentó radicar nuevamente la solicitud en el sistema SIRNA, lo que no le fue permitido porque “Existe un trámite en curso por el cual no puede iniciar uno nuevo, o no puede realizar un trámite de Duplicado” 5.

Ante ello, en esa misma fecha solicitó a la Unidad de Registro Nacional de Abogados del Consejo Superior de la Judicatura que se le permitiera radicar la solicitud aludida, sin que hasta la fecha le hubiesen dado respuesta. 5. Al considerar que dicha situación quebranta sus derechos fundamentales, RONALD MANUEL GONZÁLEZ POLO solicita que, en amparo de los mismos, se ordene a la autoridad judicial accionada que le permita dar trámite a la solicitud de duplicado de su tarjeta profesional de abogado.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN Por auto del 23 de agosto de 2023, esta Sala avocó conocimiento de la acción y ordenó correr traslado de la misma al Consejo Superior de la Judicatura -Unidad Nacional de Registro de Abogados-, dependencia que aseguró haber dado respuesta a la solicitud del accionante el día 24 de los corrientes mes y año. - A través de la cuenta de correo electrónico ronald.mgp@gmail.com, desde el cual fue radicada la presente acción de tutela, el accionante RONALD MANUEL GONZÁLEZ POLO manifestó desistir de la misma, pues tras haberse efectuado un doble reparto, la presente acción fue también radicada en el Consejo de Estado.

CONSIDERACIONES 1. El artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 prevé la facultad de desistir de la solicitud de amparo, prerrogativa extensiva a las demás actuaciones adelantadas al interior del trámite de tutela. En tal caso, agrega la norma en comento, debe archivarse el expediente. Se exceptúan las acciones que estén en sede de revisión ante la Corte Constitucional, o cuando la controversia trasciende las pretensiones individuales del actor y puede estimarse un asunto de interés general (Cfr. CC T-433 de 1993 y A-314 de 2006, entre otras). 2.

En el presente caso, el desistimiento fue presentado por el accionante, quien goza de legitimación para hacerlo, y no se está frente a ninguna de las situaciones que impiden su procedencia. Por tanto, se aceptará y se ordenará el archivo de las diligencias. También se ordenará remitir copia de la presente actuación al Consejo de Estado, para su conocimiento y demás fines pertinentes.

En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL – SALA DE DECISIÓN DE ACCIONES DE TUTELA Nº 2,

RESUELVE

PRIMERO. ACEPTAR el desistimiento de esta acción presentado por el accionante RONALD MANUEL GONZÁLEZ POLO.

SEGUNDO. ARCHIVAR las presentes diligencias.

TERCERO. REMITIR copia la presente providencia al Consejo de Estado.

CUARTO. NOTIFICAR esta decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. Cúmplase FABIO OSPITIA GARZÓN LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA HUGO QUINTERO BERNATE NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 5