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ATL6737-2016Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2016

Magistrado ponente: Fernando Castillo Cadena

Radicado n° 55481 FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado Ponente ATL6737-2016 Radicación n.° 55481 Acta 36 Bogotá, D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) Se pronuncia la Sala sobre el escrito mediante el cual HÉCTOR PABÓN LASSO pretende «impugnar o recurrir» la sentencia proferida en segunda instancia por esta Sala de Casación el 20 de agosto de 2014, dentro de la acción de tutela que instauró contra el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA.

I.

ANTECEDENTES Esta Sala, mediante sentencia de 20 de agosto de 2014, confirmó el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Tunja el 11 de julio de 2014, que negó la protección constitucional solicitada por el accionante, y según constancia secretarial, se advierte que el 23 de septiembre siguiente, la Corte Constitucional no seleccionó en sede de revisión las anteriores diligencias.

A través de derecho de petición allegado a la Secretaría de esta Sala el 7 de septiembre de 2016, Pabón Lasso solicitó que se le tuviera en cuenta el escrito presentado el 8 de julio anterior, con el cual aspira «impugnar o recurrir» la anotada sentencia constitucional de segunda instancia, y para tal fin insiste en los argumentos planteados en la precitada tutela resuelta, y añade que la autoridad judicial accionada debe declarar la prescripción del ejecutivo que en aquella oportunidad cuestionó. Por auto de 9 de septiembre de 2016, se requirió al Tribunal para que remitiera el expediente de tutela a esta Corporación, el cual ingresó a este Despacho el 21 del mismo mes.

II. CONSIDERACIONES Para rechazar la precitada solicitud que tiene por fin «impugnar o recurrir» la sentencia dictada por esta Sala de Casación el 20 de agosto de 2014, más allá del evidente y amplio tiempo transcurrido, basta decir que en virtud de lo señalado en el artículo 86 de la Constitución Política y los Decretos 2591 de 1991 y 306 de 1992, la jurisprudencia ha manifestado el carácter excepcional, preferente y sumario de la tutela, en torno a lo cual sólo se ha considerado viable, como mecanismo de impugnación de providencias, el recurso contemplado contra la sentencia de tutela de primera instancia, sin que se permitan otros recursos contra las demás decisiones dictadas en su curso o con ocasión de su trámite, de manera que lo planteado por Héctor Pabón Lasso resulta extraño a este tipo de procedimiento, debiendo entonces, como ya se dijo, ser rechazado de plano. El anterior criterio ha sido expuesto en varias oportunidades, como en providencia CSJ AL, 24 feb. 2016, rad. 64189, que reiteró las decisiones CSJ AL, 15 feb. 2011, rad. 31179 y CSJ AL, 26 feb. 2008, rad. 17468.

III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE:

PRIMERO: RECHAZAR DE PLANO, por improcedente, escrito mediante el cual HÉCTOR PABÓN LASSO pretende «impugnar o recurrir» la sentencia proferida en segunda instancia por esta Sala de Casación el 20 de agosto de 2014, dentro de la acción de tutela que instauró contra el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA.

SEGUNDO: Devolver el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Presidente de Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 4