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ATL3673-2017Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2017

Magistrado ponente: Jorge Luis Quiroz Alemán

Radicación n° 47248 JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrada ponente ATL3673-2017 Consulta a Incidente de Desacato n.º 47248 Acta extraordinaria n° 61 Bogotá, D. C., treinta (30) de mayo de dos mil diecisiete (2017). Sería del caso entrar a resolver la consulta de la providencia proferida el 11 de mayo de 2017, por la SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONTERÍA en el incidente de desacato promovido por MIGUEL ALFONSO MERCADO VERGARA, mediante la cual se dispuso sancionar al Presidente de COLPENSIONES señor MAURICIO OLIVERA GONZÁLEZ, de no ser porque al hacer revisión de las constancias procedimentales con miras a emitir el pronunciamiento correspondiente, se observa la existencia de una nulidad que invalida todo lo actuado, razón por la cual se hace imperioso adoptar los correctivos correspondientes.

I.

ANTECEDENTES De conformidad con la documental aportada al trámite del incidente de desacato, se tiene que el señor MIGUEL ALFONSO MERCADO VERGARA presentó acción de tutela contra el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA, trámite al cual fue vinculada la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES. Agotada la actuación en esa instancia, el Tribunal dictó sentencia el 16 de marzo de 2017, en donde resolvió: “PRIMERO: Amparar los derechos fundamentales invocados, dentro del proceso de acción de tutela adelantada por Miguel Alfonso Mercado Vergara, y, en consecuencia, suspender los efectos de la Resolución No. 058 del 21 de septiembre de 2016, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, a su vez, se abstenga de retirarlo del servicio hasta tanto sea incluido el accionante, en al respetiva nómina de pensionados”.

“SEGUNDO: ORDENAR a Colpensiones que en el término de 10 días contados desde la notificación de esta providencia de cumplimiento a la sentencia judicial del 27 de septiembre de 2016, proferida por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Montería, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, bajo radicado No. 2015-00400, presentado por el señor MIGUEL ALFONSO MERCADO VERGARA, el 01 de diciembre de 2016”.

(Fl. 18). El señor MIGUEL ALFONSO MERCADO VERGARA, mediante escrito del 4 de abril de 2017, denunció el incumplimiento de la anterior orden constitucional impartida, en la cual se amparó el mínimo vital. Surtido el trámite correspondiente, la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal del Distrito Judicial de Montería, ordenó SANCIONAR al presidente de la entidad incidentada, con diez (10) días de arresto y el pago de una multa correspondiente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales, mediante providencia del 11 de mayo de 2017, por no acatar el fallo de tutela.

II. CONSIDERACIONES Sea lo primero precisar, que la Sala conoció en segunda instancia de la acción de tutela instaurada por el señor Miguel Alfonso Mercado Vergara contra la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, (Rad.72751), con ocasión de la impugnación presentada por la Magistrada Magda Victoria Acosta Walteros, respecto del fallo proferido el 16 de marzo de 2017 por la Sala de Decisión del Tribunal Superior de Montería, hoy objeto de la consulta del incidente de desacato, donde en providencia de mayo 31 de 2017 se declaró la nulidad de lo actuado por esta corporación, desde el auto del 7 de marzo de 2017, inclusive, por el cual se asumió el conocimiento del amparo en mención, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° numeral 2° del artículo 1° del decreto 1382 de 2002, toda vez que la competencia para conocer en primera instancia de dicha demanda tutelar recae en el Consejo Superior de la Judicatura, en lo que respecta a la sala jurisdiccional accionada, y no en el Tribunal de Montería, decisión que por obvias razones igualmente conlleva la nulidad del presente incidente de desacato contra Colpensiones.

III.DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE:

PRIMERO: ANULAR todo lo actuado por la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior de Montería, a partir del auto de fecha 5 de abril de 2017, inclusive, dentro del trámite del incidente de desacato que se sigue contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones-, por las razones expuestas de manera precedente.

SEGUNDO. - Comunicar a los interesados en la forma prevista por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO. - Devolver la actuación a la SALA DE DECISIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MONTERÍA para lo de su cargo. Notifíquese, publíquese y cúmplase. GERARDO BOTERO ZULUAGA Presidente de la Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN 1 5